El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, ha dado luz verde esta semana a la ampliación del periodo transitorio del registro documental, el cual en principio expiraba el próximo 2 de junio. Es decir, la comunicación obligatoria del registro documental de los datos de clientes que reserven o se alojen en establecimientos turísticos (en cumplimiento de Real Decreto 933/2021 de 26 de octubre) se amplía hasta el 31 de enero de 2024.
De esta manera, los campings dispondrán de nueve meses más para prepararse para el cambio. Será a partir del 1 de febrero cuando tendrán que cumplir con lo establecido en el Real Decreto, que contiene las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.
La Secretaría de Estado de Seguridad argumenta que ha tomado esta decisión por la complejidad técnica del desarrollo y del volumen de operaciones de tratamiento que lleva aparejada su implementación, «con la finalidad de mantener el alto nivel de garantías y salvaguardas de los derechos de todos los sujetos obligados y de las personas interesadas, así como, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias establecidas”
Una decisión que celebra la Federación Española de Campings (FEEC), que continúa viendo inviable ese nuevo sistema. «Además de que estamos en contra de pedir al viajero unos datos que no estén en un documento oficial (DNI o pasaporte). La solicitud de estos datos incrementaría los trabajos en recepción y la responsabilidad asumida por los propios campings», explican desde la FEEC. Y añaden que «seguiremos trabajando para que este Real Decreto sea modificado y así poder seguir colaborando con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, tal y como siempre hemos hecho».