Los campamentos turísticos de la Comunidad de Madrid contarán con la categoría «glamping» y con una clasificación por estrellas, según consta en el proyecto de decreto para la nueva ordenación de éstos y de las áreas de acogida y pernocta de autocaravanas, vehículos camper y similares en la región.
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado la inclusión en el Portal de Transparencia de la consulta pública del proyecto de Decreto para la nueva regulación de los campamentos turísticos y áreas de acogida para autocaravanas, vehículos camper y similares en la región. El objetivo es adaptarse a los cambios rápidos del sector turístico y los nuevos modelos de viaje.
Lo que busca este proyecto es asegurar que la ubicación de áreas de pernocta sea en lugares adecuados según sus necesidades y características. También se busca ajustar la regulación a las nuevas tendencias, como la creciente popularidad de bungalows y casas móviles prefabricadas.
También se simplificará el sistema de clasificación, pasando de distintivos como L, 1 o 2 con estrellas correspondientes a un sistema basado únicamente en estrellas, como es el del sector turístico. Además, se introduce el concepto de «glamping», que combina servicios clásicos de camping con el lujo de un hotel.
En la región actualmente existen 21 campamentos turísticos, definidos como espacios delimitados y equipados con servicios e instalaciones para el uso temporal de personas que buscan experiencias vacacionales al aire libre.
El decreto se presentará a los empresarios de camping durante la celebración del próximo Congreso Nacional de Campings en Gijón el próximo mes de noviembre, pero hemos pedido al gerente de la Asociación de Campings de Asturias, José Luis del Río, que nos adelante algunas de las modificaciones que incorpora.
José Luis, ¿cumple la nueva normativa vuestras expectativas?
Sin duda, el nuevo Decreto viene a actualizar una normativa ya obsoleta que databa de 2007, y que se vino parcheando con actualizaciones parciales hasta en dos ocasiones en los últimos años. Fruto de varios años de duro trabajo, el nuevo Decreto permite a nuestro sector encajar en la estrategia de Turismo del Principado de Asturias, centrada en alcanzar la calidad y excelencia como destino turístico de referencia. En este sentido, nuestro sector resulta especialmente clave, como portador de una clara perspectiva sostenible y nuestra experiencia como Asociación en el desarrollo de la gobernanza con la Administración, defendiendo nuestros intereses como empresarios, pero siendo conscientes de que es necesario colaborar en el mantenimiento y la proyección de una excelente imagen de destino.
¿Qué novedades presenta el decreto?
La principal novedad de la norma la constituye sin duda la regulación de las áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito, incluyendo el establecimiento de una cooperación efectiva con las entidades locales -respetando su autonomía en materia de ordenación del tráfico rodado-, en relación con aquellos proyectos que tengan como finalidad la actividad turística. En este sentido, la regulación de recursos turísticos específicos para autocaravanas, permitirá la actividad de acampada de sus ocupantes con carácter transitorio, considerando la naturaleza y características diferenciales de este tipo de turismo que cuenta con el factor movilidad como principal característica identificativa. Al mismo tiempo, se establece una diferenciación de este tipo de establecimientos conforme a una doble categoría, básica y superior, en función del régimen de infraestructuras y servicios ofertados a los usuarios, con la vista puesta en la promoción de la transformación de los recursos municipales que actualmente se encuentran afectados al simple estacionamiento de este tipo de vehículos, canalizando la demanda y posibilitando el necesario control de la actividad.
En todo caso, pensamos que esta norma constituirá un instrumento útil en la lucha contra las prácticas ilegales y la competencia desleal que supone el llamado “gamping”, al abarcar una integral regulación las distintas modalidades de actividad de alojamiento vinculadas al turismo de acampada en nuestra región, definiendo con claridad lo que supone la actividad de acampada ilegal, anteponiendo siempre la protección y salvaguarda de los recursos naturales y medioambientales del Principado.
Por último y como novedad, el Decreto establece también la posibilidad de que los campamentos de turismo oferten sus servicios conforme a una clasificación por estrellas verdes lo que va a permitir una identificación clara de nuestros alojamientos tanto a nivel nacional como internacional.
El Govern de la Generalitat aprobó a principios de agosto el nuevo Decreto de reglamento de turismo de Cataluña que regula nuevos productos turísticos, define las modalidades, actualiza los requisitos de clasificación y las características de los alojamientos turísticos.
El nuevo Decreto simplifica, actualiza e integra en un solo cuerpo normativo las diferentes normativas. De esta manera se aporta claridad, coherencia y una mayor seguridad jurídica. En lo que afecta al sector camping, regulado en la sección III, subsección I, el reglamento presenta novedades en los alojamientos al aire libre. En concreto, se establece una nueva regulación para las áreas de acogida de autocaravanas en tránsito, estableciendo que el tiempo máximo de estancia en las mismas no puede ser superior a 48 horas, y no se puede volver a realizar una nueva estancia hasta transcurridas 24 horas desde la finalización de la estancia anterior. Además, se pasa a la clasificación de los campings por categorías, de dos a cinco estrellas (el documento indica que el elemento identificativo de la categoría del camping debe situarse, de manera muy visible, en el acceso del camping y en la entrada de la recepción). Puedes leer el contenido entero del decreto aquí.
Tras la aprobación a finales de enero del decreto de ordenación de los campamentos de turismo en Andalucía, la Federación Andaluza de Campings (FAC) entiende roto el consenso y anuncia acciones que puedan reconducir la situación ante el resultado fallido y perjudicial para sus intereses, con que la Junta ha finalizado la negociación de la norma. Adjuntamos el texto que la FAC ha remitido como nota de prensa en el que se aprecia la sorpresa y decepción por el decreto recién aprobado:
«Tras más de un año de intensas negociaciones, trámites administrativos en ocasiones ciertamente accidentados y, reuniones y encuentros para alcanzar un consenso sobre la nueva regulación de los campings y las áreas de pernoctación de autocaravanas, con el fin de consensuar una norma equilibrada respecto del nivel de exigencias entre los tradicionales actores y los nuevos agentes, que permitiera diseñar un modelo actual y competitivo ante los nuevos retos del mercado, nada hacía presagiar al sector el desafortunado desenlace y el resultado final de una norma de vital importancia para este.
Desde el comienzo de la tramitación de la nueva norma el sector ha sabido entender los posicionamientos que para la Administración turística se consideraban imprescindibles abordar, sin que a tenor del texto aprobado, se haya sabido entender por parte de la Consejería de Turismo, las necesidades y reivindicaciones planteadas desde el inicio por este sector, uno de los más importantes del conjunto de la oferta turística de Andalucía.
Así, se han apartado sin explicación alguna al respecto y en el último momento, asuntos relevantes que legítimamente demandábamos desde la perspectiva del interés general inherente a la intervención de la seguridad pública, la protección de las personas usuarias de los servicios turísticos y la protección del medio ambiente y urbano. Estas razones se han plasmado en las demandas de nuestro sector relativas al periodo de ocupación máxima en las áreas creadas para atender al denominado “turismo itinerante”, en la limitación de los periodos máximos de ocupación en los campings, en la necesidad de definir los conceptos básicos que permitan actuar contra la acampada ilegal como es el propio concepto de acampada, o la inclusión, atendiendo a un interés en mejorar la calidad del destino, de elementos dirigidos a incrementar las exigencias en los servicios de los campings de difícil y en ocasiones imposible ejecución, asimilando para ello normativa de otros segmentos absolutamente distintos y que nada tienen que ver con esta oferta tan singular.
Entrando de lleno en estos asuntos, es necesario señalar que uno de los elementos fundamentales ha sido la regulación de las Áreas de Pernocta de Auto-caravanas planteada por la Administración, cuya naturaleza y singularidad desde un comienzo ha estado marcada por las notas de ser “En Transito” e “Itinerante”. Se entendió como una nueva figura diferenciada de los Campings tradicionales con unos servicios mínimos básicos y una estancia limitada dada sus peculiaridades, que no eran otras que “permitir la acogida y pernocta de estos vehículos en tránsito a los efectos de permitir el descanso en su itinerario” (y citamos el expositivo de la propia norma). Habida cuenta de lo anterior, se planteó una limitación temporal más que justificada por su naturaleza y de conformidad con la práctica totalidad de la normativa autonómica de campamentos de turismo aprobada por las distintas Comunidades Autónomas.
Pues bien, cuando en el sector creía dar por consensuada esta nueva modalidad y sus limitaciones especiales, la Administración ha dado un giro inesperado al aprobar una norma regulatoria que no atiende a las especificidades de la figura que pretende regular ni a las necesidades de los usuarios de caravanas y autocaravanas, toda vez que fomenta la creación de una oferta turística de muy bajo nivel y calidad en servicios atentado frontalmente con el fin de mejorar la calidad de nuestro destino turístico.
Sumado a todo esto, en otro giro inesperado y en contraposición a la flexibilidad manifiesta ante esta nueva figura, se viene a limitar la estancia máxima que cualquier cliente puede alojarse en un camping tradicional, fijando esta en seis meses en el cómputo de un año, lo que sin lugar a duda viene a poner el freno y a dificultar el trabajo que desde el sector se viene realizando desde hace años por mejorar y paliar la estacionalidad en nuestro destino y que sin duda estaba empezando a dar sus frutos.
Añadido a todo esto y sin atender a las reivindicaciones planteadas por el sector en el transcurso de la negociación iniciado como hemos dicho hace más de un año, de manera sorpresiva no se ha recogido y plasmado en el texto de la norma, un concepto esencial y de vital importancia para luchar contra la ocupación indiscriminada e impune de nuestros espacios naturales, playas, etc. a través de la acampada libre como es la definición de acampada o pernocta, por cuanto que no la define con exactitud, dejando escapar la oportunidad de regular de forma segura un hecho que supone un grave riesgo para la seguridad, el medio ambiente y que afecta gravemente a la imagen de nuestro destino.
En definitiva, desde la patronal andaluza se ponen en duda que se puedan cumplir los objetivos que persigue la norma en materia de calidad del destino turístico, del empleo y del tejido empresarial, por cuanto que su aplicación puede producir una precarización de los campamentos en Andalucía, y una falta de competitividad de estos frente a los establecidos en otras comunidades autónomas.
Ante esta situación la Federación Andaluza de Campings, no puede avalar la nueva regulación, y por tanto desde esta, se han iniciado una serie de contactos institucionales, al objeto de poder trasladar la alarmante preocupación del sector, así como la apertura de cuantas vías y acciones fueran necesarias para restaurar el consenso que inicialmente parecía haberse alcanzado con este y los agentes sociales, en la intención de dotar al conjunto de la oferta de campings un escenario normativo acorde a las necesidades tanto de los usuarios como de los empresarios».
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