lunes, 25 de noviembre de 2024
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pasaporte-vacunacion

pasaporte-vacunacionLos negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo han alcanzado este lunes un acuerdo para prorrogar un año más, hasta el 30 de junio de 2023, el reglamento que permite a los Estados miembro recurrir al Certificado COVID UE como instrumento para garantizar los viajes sin restricciones de los europeos dentro del espacio comunitario, aunque condicionado a una revisión en diciembre de este año. Además, los cambios también permiten a los Estados miembros emitir certificados basados en nuevos tipos de test de antígenos

La Comisión Europea propuso esta prórroga para evitar que la validez del documento caducara este mes junio, a las puertas del periodo vacacional, tras constatar que la presencia del coronavirus en los países de la UE seguía siendo alta.

El pasaporte de vacunación se instauró en junio de 2021 para impulsar los viajes en la Unión Europea y reanimar a un sector turístico especialmente afectado por la pandemia, pero tras un año en vigor y habiendo recibido la mayoría de europeos la dosis de refuerzo, prácticamente todos los países han levantado las restricciones sanitarias.

Actualmente, Francia, Portugal y Finlandia son los únicos tres países de la UE que oficialmente no lo han hecho y, por tanto, los viajeros deben, supuestamente, seguir mostrando el certificado para demostrar que se ha obtenido la pauta competa de la vacuna, que se tienen anticuerpos por haber pasado la enfermedad o que se tiene un test negativo en Sars-Cov-2.

El acuerdo alcanzado ahora no implica que se vayan a reinstaurar de nuevo las restricciones y que viajar en posesión del documento vuelva a ser obligatorio, sino que da a las autoridades sanitarias la posibilidad de reclamarlo durante un año más si lo considerasen oportuno.

fuerteventura

fuerteventuraEspaña dejará de exigir el certificado de vacunación o certificado Covid a los turistas de fuera de la Unión Europea en breve. De esta manera podrán acceder a nuestro país simplemente con un test negativo, según la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto.

«Vamos a eliminar una restricción que podía estar desanimando a turistas de fuera de la Unión Europea a visitarnos y es que vamos a dejar de exigir el certificado de vacunación para permitir que entren también con test negativo», ha señalado la ministra en una entrevista en los medios.

Maroto añadía que es «una buena noticia» esperada por el sector y que situará este año a España como uno de los destinos preferidos por los turistas internacionales. «Siempre con prudencia, el mundo nos ve como un destino seguro, más del 92% de la población española está vacunada», destacaba. «El turismo es la palanca de crecimiento de la economía este año», decía.

hombre-libertad-viaje

hombre-libertad-viajeEl Consejo Europeo ha adoptado este martes una nueva recomendación acorde «al aumento significativo de vacunas y la rápida implementación del certificado COVID digital de la UE»  que entrará en vigor el 1 de febrero y que aplicará las restricciones en función de la situación de la persona y no de la región (excepto en las zonas en que el virus circule a niveles muy elevados). Esto significa que el estado de vacunación, prueba o recuperación de COVID-19 de un viajero, como lo demuestra un certificado COVID digital de la UE, debe ser el factor determinante. Una excelente noticia para los campings españoles, que ya empiezan a notar el incremento de reservas de clientes europeos.

¿Qué necesito para viajar?

Así, los viajeros que estén en posesión de un certificado COVID digital de la UE válido no deben estar sujetos a restricciones adicionales de la libre circulación. Y para disponer de este certificado COVID digital válido se precisa:

-Un certificado de vacunación correspondiente a una vacuna aprobada a nivel europeo si han transcurrido al menos 14 días y no más de 270 días desde la última dosis de la pauta de vacunación o si la persona ha recibido una dosis de refuerzo. Los Estados miembros podrían aceptar también certificados de vacunación correspondientes a vacunas aprobadas por autoridades nacionales o la OMS.
-Un resultado de una prueba diagnóstica PCR que sea negativo y se haya obtenido no más de 72 horas antes del viaje o una prueba rápida de antígenos negativa que se haya obtenido no más de 24 horas antes del viaje.
-Un certificado de recuperación que indique que no han transcurrido más de 180 días desde la fecha del primer resultado positivo de la prueba diagnóstica.

A las personas que no estén en posesión de un certificado COVID digital de la UE se les podrá exigir que se sometan a una prueba con anterioridad a la llegada o a más tardar en un plazo de 24 horas desde la llegada. Quedarán exentos del cumplimiento de este requisito los viajeros con una función o necesidad esenciales, los trabajadores transfronterizos y los menores de 12 años.

Mapa de las regiones de la UE

El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (CEPCE) debe seguir publicando un mapa de las regiones de los Estados miembros en el que se indique el riesgo potencial de infección mediante un sistema de semáforos (verde, naranja, rojo, rojo oscuro). El mapa debe basarse en el índice de notificación de casos en los últimos catorce días, la vacunación y la tasa de pruebas.

En función de dicho mapa, los Estados miembros deben aplicar medidas en relación con los viajes desde y hacia las zonas en rojo oscuro, en las que el virus circula a niveles muy elevados. En particular, deben desalentar todos los viajes no esenciales y exigir que las personas procedentes de dichas zonas y que no estén en posesión de un certificado de vacunación o recuperación se sometan a una prueba diagnóstica antes de su salida y a cuarentena después de su llegada.

Deben aplicarse determinadas excepciones a estas medidas a los viajeros con una función o necesidad especial, a los trabajadores transfronterizos y a los menores de 12 años.