El 23 de enero, el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana publicó el nuevo decreto regulador de los campings y áreas de pernocta en tránsito para autocaravanas de la Comunitat Valenciana (decreto 6/2015 que se puede descargar aquí: nuevo decreto).
Entre los temas a destacar está el incremento del porcentaje de bungalows permitidos en un camping, que pasa del 50 al 60 %, y se permite dejar un espacio de hasta un 20% la superficie destinada a estancia y alojamiento sin parcelar (con el fin de ubicar pequeñas tiendas de campaña). Además, si el camping destina ese 60% de su superficie total a la instalación de bungalows y deja el 40 % restante a zonas comunes, puede obtener la especialidad de «bungalows park».
Una figura nueva que aparece en este decreto es la de «camper área», referida a los campipngs que destinan la totalidad de la estancia y alojamiento al uso exclusivo de autocaravanas y campers.
Además, tal como hemos hablado en los últimos meses, los campings pasan a clasificarse por estrellas, y se establecen cinco categorías, de una a cinco estrellas, por lo que desaparecerán las actuales denominaciones de primera, segunda, tercera y lujo.
En cuanto a las áreas de pernocta en tránsito para autocaravanas, a las que se destina el título 3 al completo del decreto, se establece que las autocaravanas podrán estacionar hasta un máximo de 48 horas, y estas áreas han de garantizar el suministro de agua, electricidad y evacuación de aguas residuales, entre otros.